El Decreto 1233 del 14 de septiembre de 2020 ya está disponible para los colombianos que quieren acceder a una vivienda nueva No Vis. Los 100.000 subsidios que ofrece el Gobierno son para las viviendas que están entre 135 SMMLV a 500 SMMLV. Durante 84 meses a partir del desembolso del crédito, el Gobierno le dará a los que apliquen al subsidio un total de 42 SMMLV, un total de $36.000.000.00. La manera de pedir el subsidio es con la entidad bancaria antes del desembolso del crédito, hay 60.000 subsidios para personas que compran su primera vivienda y 40.000 para las compras de segunda vivienda.
Antes que nada, vale la pena aclarar el término de vivienda nueva al que se hace referencia. Según el Decreto 1233 ese concepto incluye todo lo que se encuentre en proyecto. Etapa de preventa, en construcción y la vivienda que esté terminada pero no habitada aún.
Con ese concepto definido, ahora podemos hablar de los beneficiarios y los requisitos. Las personas no deben haber recibido Subsidio Familia de Vivienda por parte del Gobierno y/o Cajas de Compensación, tampoco tener ninguna cobertura de tasa de interés en el pasado. Una vez que se haya revisado esto, la persona puede aplicar al subsidio. Debe diligenciar los formatos predefinidos por el banco según el tipo de crédito. Si hay cupos disponibles, el subsidio se hace efectivo desde el desembolso del crédito de manera automática.
El Ministro de Vivienda aclaró en una entrevista a El Tiempo varios aspectos importantes. Lo primero, es que acceder a los subsidios es posible hasta que se agoten con fecha máxima diciembre de 2022. Segundo, el valor del subsidio no va a variar por el valor del crédito. Tercero, la cobertura que tiene la persona con el subsidio se reparte en un periodo de siete años desde que se hace efectivo el desembolso del crédito. Por ende, el Gobierno le aporta al cliente un aproximado de $430.000 pesos mensuales en las cuotas.
Las entidades responsables de revisar que la persona pueda acceder a esta ayuda son los establecimientos de créditos y Cajas de Compensación Familiar. Una vez aceptado el registro, se debe informar al deudor y al Banco de la República sobre la cobertura del subsidio.
A pesar de ser una gran oportunidad para los colombianos, es fundamental saber bajo qué circunstancias se puede perder el subsidio. Primero, si hay un pago anticipado del crédito o si se hace uso de la opción de compra cuando se trata de un contrato leasing habitacional. Segundo, por estar en mora en tres cuotas o cánones consecutivos a cargo del deudor o locatario del leasing habitacional. La cobertura del subsidio se perderá a partir del día siguiente al que se vence la última cuota o canon. Tercero, por petición del locatario o deudor. Cuarto, por cesión del crédito por parte del deudor. Quinto, por cesión del contrato de leasing habitacional por parte del locatario. Por último, por aceleración del plazo conforme a los términos contractuales.